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¿MÁS LIBERTAD RELIGIOSA?
+ Felipe
Arizmendi Esquivel
Obispo de San
Cristóbal de Las Casas
VER
Mons. Dominique Mamberti,
Secretario de la Santa Sede para las Relaciones con los Estados, con ocasión del
XV Aniversario del Restablecimiento de las Relaciones Diplomáticas entre el
Estado Mexicano y la Santa Sede, auguró “nuevos caminos de mejora continua
del marco jurídico actual, con vistas a una plena garantía del derecho a la
libertad religiosa de todos los ciudadanos, superando limitaciones y equívocos
que se perciben en las normas vigentes”. Dijo: “El derecho humano a la
libertad religiosa no es un derecho que proteja exclusivamente a los católicos,
sino una dimensión esencial y radical de todo ser humano por el mero hecho de
ser persona”.
Carlos
Monsiváis, con su característica ironía y mordacidad, calificó de “necias,
torpes y repetitivas” estas peticiones. Le parece que ya hay suficiente
libertad religiosa y que se debe estar atento a las pretensiones políticas del
clero.
Arturo Farela,
presidente de la llamada Confraternidad Nacional de Iglesias Cristianas
Evangélicas (Confraternice), calificó de “exacerbado el deseo de la
cúpula de religiosos de la Iglesia de Roma por tomar cada vez más poder
político, lo cual es un descaro y ofensa a la propia historia reciente de
México”. Agregó: “Son obvios y, por tanto, cínicos sus anhelos, pues
pretenden utilizar la estructura de su Iglesia y la misma religión para
propósitos electorales deliberadamente tendientes al poder”.
¡Cuánta
cerrazón para comprender lo que se pide! Cuando se logre lo que en justicia
exigimos, también protestantes y ateos saldrán beneficiados. Ojalá lo
reconozcan.
JUZGAR
El artículo 18 de la
Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, de la ONU, suscrita por
nuestro país, establece: “Toda persona tiene derecho a la libertad de
pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de
cambiar de religión, o de creencia, así como la libertad de manifestar su
religión o su creencia, individual o colectivamente, tanto en público como en
privado, por la práctica, el culto y la observancia”.
En México, los ministros de
culto, católicos y protestantes, no tenemos esta libertad, pues se nos prohíbe
hablar en contra de las leyes del país y contra partidos y candidatos, aunque lo
hagamos para defender, por ejemplo, el derecho a la vida, que es un derecho
prioritario. Las autoridades civiles no pueden participar con carácter oficial
en actos de culto. Las asociaciones religiosas, de cualquier credo, no podemos
manifestar libremente nuestra creencia en los medios electrónicos, pues la ley
no permite tener propios.
En circunstancias diferentes
a nuestro tiempo, la Iglesia, católica y protestante, unida al poder civil,
impuso en algunos lugares una sola religión y castigó a los disidentes. Hoy no
es así, como declara el Concilio Vaticano II: “Todos los hombres han de estar
inmunes de coacción, tanto por parte de personas individuales como de grupos
sociales y de cualquier poder humano, de modo que, en materia religiosa, ni se
obligue a nadie actuar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme
a ella, en privado y en público, solo o asociado con otros” (DH, 2).
Esto es lo que pedimos para
todos. En Chiapas promovemos que no haya intolerancia religiosa, ni de católicos
contra protestantes, ni de éstos contra aquéllos. Aceptamos la laicidad, no el
laicismo, pues éste quiere borrar todo lo que huela a religión.
ACTUAR
Obispos y sacerdotes no
anhelamos ser gobernadores, diputados, senadores o presidentes. No somos una
fuerza política, insaciable y ambiciosa de poder. No pretendemos imponer un
Estado confesional, ni formar o apoyar un partido político. ¡Nada de eso!
Comparen nuestra legislación
con las de otros países, y verán que estamos rezagados. Hubo avance con los
cambios de 1992, en comparación con 1917, pero falta camino por recorrer.
Como dijo el Sr. Nuncio
Cristophe Pierre, “confío en que podamos seguir construyendo, paso a paso,
puentes de diálogo y colaboración que den por resultado el pleno respeto a la
dignidad de toda persona humana y la garantía de sus derechos en materia
religiosa”.
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